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Servicios Prestados por el Cuerpo de Bomberos

¿Qué es?

Los Servicios Prestados por el Cuerpo Oficial de Bomberos corresponden a todo valor y concepto que se deba cancelar a favor de la Dirección Distrital de Tesorería, por los Servicios e Inspección Técnicas a establecimientos comerciales, servicios en eventos masivos y extraordinarios prestada por el Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá DC. Este valor es cancelado tanto por particulares y/o entidades.

Hecho generador

Inspecciones técnicas, servicios prestados

Sujeto Pasivo

Particulares o entidades a quien se presta el servicio.

Base de liquidación

La base de liquidación se da teniendo en cuenta los siguientes casos:

1. Para el caso de las inspecciones técnicas el 1% del valor declarado en ICA del año anterior más el equivalente a un salario mínimo diario por cada establecimiento.

2. Para servicios especiales (préstamos escaleras, similares) Seis salarios mínimos diarios por cada equipo hora empleado en el servicio.

3. Por servicios extraordinarios veinticinco salarios mínimos diarios por cada equipo hora.

Procedimiento de pago

• Todos los contribuyentes de desean inspecciones de Bomberos para las licencias de funcionamiento

• El usuario se debe dirigir a la Sede Administrativa del Cuerpo de Bomberos ubicada en la Carrera 10 con Calle 61, para que le elaboren la liquidación correspondiente por el servicio que va a pagar.

• El plazo para el pago dependerá de la oportunidad en que el usuario requiera el servicio por parte del Cuerpo Oficial de Bomberos.

• La Entidad Financiera donde se puede efectuar el pago por este concepto es el Banco De Occidente  en cualquier sucursal, incluido el punto del Supercade CAD cra 30 25-90 piso 1, de lunes a viernes en horario de 7 a.m. a 6 p.m. jornada continua. Para el recaudo de este concepto se requiere nombre e identificación del usuario y número telefónico

• Cumplir con los requisitos exigidos por el Cuerpo Oficial de Bomberos, según el servicio solicitado.

• Elaborar en forma clara, legible, sin tachones, ni enmendaduras la consignación correspondiente a la liquidación que haya elaborado el Cuerpo de Bomberos.

Normatividad

Acuerdo 11  de 1988 “Por la cual se reforma la estructura tributaria distrital y se dictan otras disposiciones”.

Acuerdo 22 de 1998 “Por el cual se organiza el Cuerpo Oficial de Bomberos de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital, de acuerdo a lo establecido en la Ley 322 de 1996 y se dictan otras disposiciones”.

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Directorio de Entidades

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Teléfono (571) 338 5000 • Línea 195
contactenos@shd.gov.co • Nit. 899.999.061-9
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